Funcionarios, interinos y personal laboral

No se si sabéis como va lo del trabajar en la administración pública en España.

Los puestos de trabajo en la administración pública (en cualquiera: estatal, autonómica, local, universidad, etc) se clasifican según el nivel de titulación exigida para ocupar el puesto:
Grupo A
Licenciados, ingenieros superiores y arquitectos
Grupo B
Diplomados, ingenieros técnicos y arquitectos técnicos
Grupo C
Bachiller o equivalente
Grupo D
Graduado escolar
Grupo E
Certificado de escolaridad

Y aparte de esto se puede estar contratado de varias maneras por la administración:
Funcionario de carrera
Se ha aprobado una oposición, se tiene una plaza fija.
Funcionario interino
Se está cubriendo, de manera temporal, una plaza de un funcionario de carrera que por lo que sea no esté en su plaza (está de baja, de excedencia o en comisión de servicio en otra plaza mejor).
Laboral indefinido
Se es personal fijo de la administración pero sin haber aprobado una oposición.
Laboral eventual
Se trabaja para la administración pero sin plaza fija, como cualquier trabajador de la privada y con los mismos tipos de contratos que éstos (acumulación de tareas, obra y servicio, cubriendo bajas de laborales, etc.)

Los laborales, indefinidos o no, se rigen por el estatuto de los trabajadores, los funcionarios no, tienen una ley especial que contempla unos derechos diferentes a los del resto de los trabajadores.

Mi intención es seguir publicando posts sobre estos temas, los siguientes post hablarán sobre las excedencias y el porque hay tantos interinos en la administración.

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